26 Nov 2011, 09:11
Buenos días:
No indicas en que provincia te encuentras, no obstante lo genérico para este caso sería "Establecimiento comerciales (capacidad hasta 50 personas)" en la provincia de Ciudad Real, con esa ocupación un local no es considerado de pública concurrencia, salvo excepciones que no es tu caso. Ahora bien, la ocupación tiene que estar debidamente justificada por Técnico Titulado Competente (Ingeniero Técnico Industrial o similar) en Proyecto y lo normal es que adjuntes copia de esa justificación. En una firma telemática es posible que no te obliguen a adjuntar la justificación. Ahora bien como la ocupación llegue a exceder las 50 personas y se produzca algún accidente relacionado con la instalación eléctrica que has firmado, el responsable será tu.
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