Hola! Soy nuevo en el foro y querría comentaros mi situación a ver si me podéis ayudar. He alquilado una oficina en Madrid y necesito dar de alta la luz porque los anteriores inquilinos la dieron de baja hace 3 meses. He llamado a Unión Fenosa y para contratarles la línea de baja tensión me obligan a que un electricista certifique que la instalación de la oficina es correcta, trámite que serán unos 200 euros a pagar por mí o el propietario. El caso es que un amiguete electricista me comenta que si en los últimos 5 años ha estado en algún momento dada de alta la luz, no es obligatoria esta inspección del electricista que me reclama Unión Fenosa. Y este es el caso porque los anteriores inquilinos tuvieron contratada la luz hasta hace 3 meses.
A ver si me podéis confirmar si es así y decirme el artículo de la ley que lo diga para replicar a Unión Fenosa.
Muchas gracias y un saludo.