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jec
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Interruptor General Automático

04 Abr 2018, 20:54

¿Es obligatorio el  interruptor general automático?; buenas vivo en una vivienda de alquiler, y el interruptor general automático  está instalado pero después de años viviendo en la vivienda me he dado cuenta por casualidad q no funciona, que no tiene conexión alguna  ....aparte del peligro q puede suponer (ya que  el dueño tiene muchas conexiones hechas entre muebles en plan chapuza), es  ilegal q alquilen una vivienda sin tener esto en buen estado, tengo  miedo  por si pasa algo!!!!


 
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FjAnton
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Re: Interruptor General Automático

04 Abr 2018, 22:06

Hola!

Según el reglamento:
ITC-BT 25


2. CIRCUITOS INTERIORES 
2.1. Protección general 

Los circuitos de protección privados se ejecutarán según lo dispuesto en la ITCBT-17 y constarán como mínimo de: - Un interruptor general automático de corte omnipolar con accionamiento manual, de intensidad nominal mínima de 25 A y dispositivos de protección contra sobrecargas y cortocircuitos. El interruptor general es independiente del interruptor para el control de potencia (ICP) y no puede ser sustituido por éste. 



En definitiva, la respuesta es SI ES OBLIGATORIO tener este dispositivo, así como el resto que se marca como minimo (5 circuitos para electrificación básica y 13 para la elevada), y obviamente, funcionando todo correctamente, aquí los adornos no sirven por muy molones que sean los pias.

Deberías ver algo así, en total 8 elementos:

ICP (Interruptor General de Potencia) - IGA (Interruptor General de Alimentación) - ID (Diferencial) - y 5 pias o magnetotermicos (C1,C2,C3,C4,C5 o con otros nombres) 

Sobre quien tiene que hacerse cargo, no te lo aseguro al 100% pero según puedo ver por google, tiene toda la pinta de ser el propietario de la vivienda. Ahora, debes tener en cuenta, el tiempo que llevas en la vivienda, y que no se ponga terco el propietario y si llevas bastante tiempo que diga que fuiste tú, que si bla bla bla, que si no pasa nada y si lo quieres bien te quiera cargar el marrón. (Hay de todo).

Te recomiendo que te informes bien de quien tiene que hacerse cargo de esto (inmobiliarias, agencias de alquiler, consulta a abogados..) y vayas lo mas suave posible de primeras tanteandolo.

Suerte


** Inmerso en el estudio del REBT para sacarse el titulín
** Electromecánico industrial con ganas de ayudar y aprender
 
jec
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Re: Interruptor General Automático

04 Abr 2018, 22:28

Ya pero yo me he dado cuenta de casualidad, y no tengo ni idea de eso, porque saltó el diferencial y mi vecino me lo dijo que estaba mal... si no no me entero de nada


 
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Bombilla
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Re: Interruptor General Automático

04 Abr 2018, 22:39

Si que es obligatorio. A parte de la norma, si no tienes un interruptor general en la instalación, no hay nada que límite la corriente que puede pasar por la acometida y por la derivación individual, y si se conecta mucha carga se podrían quemar conexiones o producirse un incendio.

También deberías hacer revisar la instalación, sobretodo si esta llena de conexiones mal hechas, pues las conexiones mal hechas general calor con la carga conectada, y se pueden quemar y generar un incendio en el peor de los casos.

Desconozco si existe algún derecho en este sentido para los que alquilan un inmueble, pero debería ser exigible que al alquilar un piso su instalación este en condiciones y al día (y no sólo la electrica, también el agua, gas, sanitaríos, etc). Ya no por la seguridad de los usuarios, sin no por que en caso de siniestro, si la instalación esta mal hecha los seguros se lavarán las manos.
Saludos


 
jec
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Re: Interruptor General Automático

05 Abr 2018, 08:35

muchas gracias