28 Sep 2014, 17:02
Hola compañero, ante tu pregunta, yo te recomiendo que te leas el apartado del reglamento electrotécnico de baja tensión. Te lo pongo a continuación.
Hay dos tipos de instaladores: los de categoría básica y los de categoría especial. Supongo que tu buscas la basica (perdona si me equivoco).
Reglamento ITC-BT-03 (Todo lo que hay debajo es sacado del reglamento, y es la respuesta que buscas)
4.2. Requisitos
Para obtener el Certificado de Cualificación Individual en Baja Tensión, las personas físi-
cas deberán acreditar ante la Comunidad Autónoma donde radique el interesado:
a) Encontrarse en edad legal laboral.
b) Conocimientos teórico-prácticos de electricidad.
Sin perjuicio de lo previsto en la legislación sobre competencias profesionales, se entenderá que reúnen dichos conocimientos las personas que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:
b.1) Técnicos de grado medio en equipos e instalaciones electrotécnicas, con 1 año de experiencia, como mínimo, en empresas de instalaciones eléctricas y habiendo realizado un curso de 40 horas impartido por una Entidad de Formación Autorizada en Baja Tensión;
b.2) Técnicos de grado medio en equipos e instalaciones electrotécnicas, habiendo realizado un curso de 100 horas impartido por una Entidad de Formación Autorizada en Baja Tensión;
b.3) Técnicos superiores en instalaciones electrotécnicas;
b.4) Técnicos superiores en instalaciones electrotécnicas y experiencia de trabajo en empresas de instalaciones eléctricas;
b.5) Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio o Superior con formación suficiente en el campo electrotécnico .
b.6) Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio o Superior con formación suficiente en el campo electrotécnico y experiencia de trabajo en empresas de instalaciones eléctricas;
Se admitirán las titulaciones declaradas por la Administración española competen-
te como equivalentes a las mencionadas, así como las titulaciones equivalentes que
se determinen por aplicación de la legislación comunitaria o de otros acuerdos
internacionales con terceros países, ratificados por el Estado Español.
c) Haber superado un examen, ante dicha Comunidad Autónoma, en los siguientes casos:
c.1) teórico-práctico, en las situaciones b.1) y b.2);
c.2) práctico, en las situaciones b.3 y b.5)*,
sobre las disposiciones del Reglamento e Instrucciones Técnicas Complementarias
correspondientes a la categoría en la que se desea obtener la cualificación, cuyos
requisitos, criterios y contenidos mínimos podrán ser definidos mediante resolución
del Organo Competente en materia de Seguridad Industrial del Ministerio de
Ciencia y Tecnología.
Espero haberte ayudado compañero un saludo