Sobre el retimbrado de extintores tenía las siguientes consultas y agradecería la ayuda:
1) ¿Para retimbrar un extintor hace falta que estén llenos de gas?
2) Cuando se presupuesta retimbrar un extintor se presupone que lleva ya incluido el tema del gas?
3) Esto cómo se suele hacer? ¿Previamente a contratar este tema, o la empresa que oferta sobre esto ya debe valorar que eso debe tener o no gas?
4) Cuando en un presupuesto de anomalías de extintores hay una anomalía de "X" botellas de "Y kg" carga FE13 y "Z kg" de total (tara +carga) , ¿Esto debe incluir las siguientes partidas solo o algo más?:
- retimbrado y pintado cilindro 80 L
- revisión válvula esclava 250
- trasvase de gas HFC23 --> "X" botellas x "Y kg" de carga. Duda¿No debería ser: "X" botellas x " Z kg" de total (tara +carga)?.
- ¿No sería necesario también otra partida para la recarga de gas?
5) ¿pueden existir extintores sin manómetro? o todos obligatoriamente la tienen que llevar?. Es decir, si faltan es por tema de robo?
Gracias de antemano