Foro de discusión, ayuda y aprendizaje de electricidad doméstica e industrial, documentación técnica, averías, cursos, normativa, software técnico, bajo consumo, reparación de electrodomésticos, instalaciones singulares de imagen y sonido..

Bienvenido a foroelectricidad.com.

Somos una comunidad de profesionales y aficionados al mundo de la electricidad.

Para participar, puedes registrarte en la comunidad y en pocos clicks podrás disfrutar de todas las características del foro. También te recomendamos que te pases por las Normas del foro, y si tienes alguna duda del funcionamiento del mismo puedes consultar el FAQ o ponerte en contacto con nosotros.

El Equipo de Foroelectricidad.com

 
Avatar de Usuario
Tomate
Usuario habitual
Usuario habitual
Autor del tema
Mensajes: 172
Registrado: 19 Oct 2017, 05:57
Ubicación: Madrid

Legalizar toma Schuko para recarga de coche eléctrico?

07 Jul 2019, 12:11

Haría falta legalizar una toma schuko de 16A para utilizarla exclusivamente para recarga de vehículos en Modo 2 en una instalación privada? Dicha toma se alimentaría desde el contador, desde el cuadro general o indistintamente?

Gracias.


 
Avatar de Usuario
Elektro
Usuario experto
Usuario experto
Mensajes: 1737
Registrado: 28 Oct 2018, 09:36
Ubicación: Otra

Re: Legalizar toma Schuko para recarga de coche eléctrico?

07 Jul 2019, 14:47

En España me he quedado atrasado en cuanto a normativa, por lo que no puedo contestarte con certeza en cuanto a normas. Pero no lo creo, es una toma normal de 16 amps. Yo lo alimentaria desde el cuadro general con una línea y térmico de 16 independientes. Veamos que responden los que estén actualizados en cuanto a normativa española.


 
EmilioCarrasco
Usuario experto
Usuario experto
Mensajes: 485
Registrado: 23 Jun 2019, 13:31
Ubicación: Albacete

Re: Legalizar toma Schuko para recarga de coche eléctrico?

07 Jul 2019, 18:40

Tomate escribió:
Haría falta legalizar una toma schuko de 16A para utilizarla exclusivamente para recarga de vehículos en Modo 2 en una instalación privada? Dicha toma se alimentaría desde el contador, desde el cuadro general o indistintamente?

Gracias.

Dependerá de si se trata de una instalación que ya esté legalizada o no y también de si es una vivienda unifamiliar o una vivienda en un bloque de viviendas con un garaje comunitario.

En todo caso, la normativa a considerar será siempre la ITC-BT-52 del REBT.

Caso 1, vivienda unifamiliar con instalación eléctrica ya legalizada. Pones la toma como quieras y se acabó el problema.

Caso 2, vivienda unifamiliar con instalación eléctrica a legalizar. Tienes que hacer un circuito único para la recarga, llamado C13 y debe estar protegido por automático y diferencial de clase A. Además la vivienda será ineludiblemente de GE elevado.

Caso 3, vivienda en edificio ya legalizada. Pones un doble bornero en la salida de tu contador y desde ahí alimentas tu punto de recarga individual. Deberías proteger con automático y diferencial de clase A.

Caso 4, vivienda en edificio a legalizar. Haces lo mismo que en el caso 3, ahora si que quieras o no has de proteger con automático y diferencial. Además la vivienda será con GE elevado.

Emilio Carrasco


www.emiliocarrasco.com
 
Avatar de Usuario
Tomate
Usuario habitual
Usuario habitual
Autor del tema
Mensajes: 172
Registrado: 19 Oct 2017, 05:57
Ubicación: Madrid

Re: Legalizar toma Schuko para recarga de coche eléctrico?

07 Jul 2019, 21:16

EmilioCarrasco escribió:
Tomate escribió:
Haría falta legalizar una toma schuko de 16A para utilizarla exclusivamente para recarga de vehículos en Modo 2 en una instalación privada? Dicha toma se alimentaría desde el contador, desde el cuadro general o indistintamente?

Gracias.

Dependerá de si se trata de una instalación que ya esté legalizada o no y también de si es una vivienda unifamiliar o una vivienda en un bloque de viviendas con un garaje comunitario.

En todo caso, la normativa a considerar será siempre la ITC-BT-52 del REBT.

Caso 1, vivienda unifamiliar con instalación eléctrica ya legalizada. Pones la toma como quieras y se acabó el problema.

Caso 2, vivienda unifamiliar con instalación eléctrica a legalizar. Tienes que hacer un circuito único para la recarga, llamado C13 y debe estar protegido por automático y diferencial de clase A. Además la vivienda será ineludiblemente de GE elevado.

Caso 3, vivienda en edificio ya legalizada. Pones un doble bornero en la salida de tu contador y desde ahí alimentas tu punto de recarga individual. Deberías proteger con automático y diferencial de clase A.

Caso 4, vivienda en edificio a legalizar. Haces lo mismo que en el caso 3, ahora si que quieras o no has de proteger con automático y diferencial. Además la vivienda será con GE elevado.

Emilio Carrasco


Agradezco mucho tu respuesta.

Si se trata de un local comercial que se alimenta de la centralización de contadores de un edificio de viviendas se tratará como casos 3 y 4 según convenga? El punto de recarga se instalaría en el interior del local.

En cuanto a la legalización en sí en los casos 2 y 4 habría que legalizarlo? Se haría con boletín a través de OCA?


 
EmilioCarrasco
Usuario experto
Usuario experto
Mensajes: 485
Registrado: 23 Jun 2019, 13:31
Ubicación: Albacete

Re: Legalizar toma Schuko para recarga de coche eléctrico?

08 Jul 2019, 00:39

[font=-apple-system, Helvetica Neue, Helvetica, sans-serif]Si se trata de un local comercial que se alimenta de la centralización de contadores de un edificio de viviendas se tratará como casos 3 y 4 según convenga? El punto de recarga se instalaría en el interior del local.[/font]

[font=-apple-system, Helvetica Neue, Helvetica, sans-serif]Si el punto de recarga está en el interior del local comercial no tiene sentido poner un doble bornero en la centralización. Así que sería el caso 1 ó 2.[/font]

[font=-apple-system, Helvetica Neue, Helvetica, sans-serif]En cuanto a la legalización en sí en los casos 2 y 4 habría que legalizarlo? Se haría con boletín a través de OCA?[/font]

[font=-apple-system, Helvetica Neue, Helvetica, sans-serif]En Madrid no se como lo hacéis. En Castilla la Mancha haría falta el Certificado BT (boletín), y sólo haría falta pasar la OCA si el local está considerado de pública concurrencia, en este caso además se necesita un proyecto técnico.[/font]

[font=-apple-system, Helvetica Neue, Helvetica, sans-serif]Emilio Carrasco[/font]


www.emiliocarrasco.com