Hola compañeros, quería haceros una consulta. Soy instalador autorizado electricista en Cantabria, ahora mismo estoy terminando una vivienda nueva, la cual necesita nuevo boletín. El cliente es un poco peculiar y la casa está a medio terminar y quiere tener el boletín lo antes posible. Mi pregunta es: en que momento puedo emitir yo el boletín y entregárselo sellado? Podría dárselo solamente teniendo el cuadro montado? Necesito tener los,circuitos conectados o solo con el cuadro y los pías valdrían? El cliente me insinúa tener el boletín cuando tenga todo echo menos los mecanismos instalado, que él dice que los instalará el mismo después. En que punto estaría sí o no dentro de la legalidad para entregar él boletin?
Muchas gracias por adelantado.