Muy buenas,
quería preguntaros cual es el normal proceder en la siguiente situación: tenemos que dar de alta una instalación trifásica de 10 kW, dentro de un edificio cuya acometida debe ser de unos 300 kW.
La instalación se puede hacer casi íntegramente sin tensión, pero hay un punto, el de conexión con el embarrado, que no sé si debe:
a) pedir a Endesa (la instalación es en Barcelona) que desconecte la corriente del edificio durante una hora para hacer el conexionado (poner los fusibles en el embarrado, conectar con la manguera de 16 mm2).
o bien,
b) realizar todo lo anterior en tensión.
Qué dice la normativa? Se puede pedir dicha desconexión? Qué trámite se tendría que hacer, cuanto costaría?
Gracias
Saludos