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Contadores en el tejado con acometida por el aire
Publicado: 05 Jun 2012, 22:46
por Nick Reebers
Hola, tenemos unos contadores de luz de la comunidad en el tejado. La acometida es por aire, no es de tierra. Según nos ha comentado un electricista, no cumple la normativa, y hay que realizar una obra, para la que no tenemos dinero. Quiero saber, si es obligatorio bajar los contadores de luz al bajo, he oído que se puede evitar mientras la acometida sea por el tejado, y no por tierra, en tal caso, podríamos esperar a que esta acometida fuera terrestre y ahorrar hasta el día de la obra. De qué manera se puede evitar tal modificación? cómo es posible retrasar una inspección de la compañía de luz?
gracias
Re: Contadores en el tejado con acometida por el aire
Publicado: 06 Jun 2012, 08:33
por fontelitri
¿porqué no cumple normativa?
Re: Contadores en el tejado con acometida por el aire
Publicado: 06 Jun 2012, 09:06
por Nick Reebers
fontelitri escribió:¿porqué no cumple normativa?
Parece ser, según el electricista, que la normativa, obliga a bajar los contadores de electricidad, a la planta baja. También me lo dijo un hombre de Unión fenosa que estuvo cambiándome un contador. El tema esa ver cómo se puede retrasar dicha adaptación, porque en mi comunidad, no hay dinero ahora para obras de ese calibre.
Re: Contadores en el tejado con acometida por el aire
Publicado: 06 Jun 2012, 10:37
por fontelitri
en el artículo 2 del REBT que es de aplicación aclara que se aplica la actual normativa a las instalaciones previas al 18 de setiembre de 2003 si éstas sufren modificaciones de más del 50% de la potencia contratada o si la instalación implica un riesgo grave por su estado o perturba el funcionamiento de otras instalaciones a juicio de la consejería competente en cada Comunidad Autónoma; si no es así, y cumplen la normativa anterior, no hay porqué tocar nada lo diga un litri u otro enchufado de Unión Fenosa,, lo mejor es que esta consulta la hagáis en las oficinas de industria de vuestra Comunidad Autónoma pues son quienes tienen la última palabra; hay miles de concentraciones de contadores en las azoteas de edificios y es la primera vez que conozco un caso como el tuyo, puede que haya nueva normativa pero la seguridad te la dará una visita a industria,
http://webderafael.com/rbt1973/BT015.html
Re: Contadores en el tejado con acometida por el aire
Publicado: 06 Jun 2012, 10:48
por Nick Reebers
fontelitri escribió:en el artículo 2 del REBT que es de aplicación aclara que se aplica la actual normativa a las instalaciones previas al 18 de setiembre de 2003 si éstas sufren modificaciones de más del 50% de la potencia contratada o si la instalación implica un riesgo grave por su estado o perturba el funcionamiento de otras instalaciones a juicio de la consejería competente en cada Comunidad Autónoma; si no es así, y cumplen la normativa anterior, no hay porqué tocar nada lo diga un litri u otro enchufado de Unión Fenosa,, lo mejor es que esta consulta la hagáis en las oficinas de industria de vuestra Comunidad Autónoma pues son quienes tienen la última palabra; hay miles de concentraciones de contadores en las azoteas de edificios y es la primera vez que conozco un caso como el tuyo, puede que haya nueva normativa pero la seguridad te la dará una visita a industria,
http://webderafael.com/rbt1973/BT015.html
Muchas gracias, voy a informarme con más detalle en industria, muchas gracias
Re: Contadores en el tejado con acometida por el aire
Publicado: 06 Jun 2012, 11:02
por Nick Reebers
fontelitri escribió:en el artículo 2 del REBT que es de aplicación aclara que se aplica la actual normativa a las instalaciones previas al 18 de setiembre de 2003 si éstas sufren modificaciones de más del 50% de la potencia contratada o si la instalación implica un riesgo grave por su estado o perturba el funcionamiento de otras instalaciones a juicio de la consejería competente en cada Comunidad Autónoma; si no es así, y cumplen la normativa anterior, no hay porqué tocar nada lo diga un litri u otro enchufado de Unión Fenosa,, lo mejor es que esta consulta la hagáis en las oficinas de industria de vuestra Comunidad Autónoma pues son quienes tienen la última palabra; hay miles de concentraciones de contadores en las azoteas de edificios y es la primera vez que conozco un caso como el tuyo, puede que haya nueva normativa pero la seguridad te la dará una visita a industria,
http://webderafael.com/rbt1973/BT015.html
El cambio de la CGT, supone una modificación importante en la instalación? El el artículo 2, dice que se aplicarán en caso de modificaciones de importancia, puede ser, que al solicitar una CGT nueva, haya supuesto una modificación importante, y por ello deban aplicar esa normativa?
Re: Contadores en el tejado con acometida por el aire
Publicado: 06 Jun 2012, 11:06
por Nick Reebers
Nick Reebers escribió:fontelitri escribió:en el artículo 2 del REBT que es de aplicación aclara que se aplica la actual normativa a las instalaciones previas al 18 de setiembre de 2003 si éstas sufren modificaciones de más del 50% de la potencia contratada o si la instalación implica un riesgo grave por su estado o perturba el funcionamiento de otras instalaciones a juicio de la consejería competente en cada Comunidad Autónoma; si no es así, y cumplen la normativa anterior, no hay porqué tocar nada lo diga un litri u otro enchufado de Unión Fenosa,, lo mejor es que esta consulta la hagáis en las oficinas de industria de vuestra Comunidad Autónoma pues son quienes tienen la última palabra; hay miles de concentraciones de contadores en las azoteas de edificios y es la primera vez que conozco un caso como el tuyo, puede que haya nueva normativa pero la seguridad te la dará una visita a industria,
http://webderafael.com/rbt1973/BT015.html
El cambio de la CGT, supone una modificación importante en la instalación? El el artículo 2, dice que se aplicarán en caso de modificaciones de importancia, puede ser, que al solicitar una CGT nueva, haya supuesto una modificación importante, y por ello deban aplicar esa normativa?
Mira, pone esto:
"Se entenderá por modificaciones o reparaciones de importancia las que afectan a más del 50 por 100 de la potencia instalada. Igualmente se considerará modificación de importancia la que afecte a líneas completas de procesos productivos con nuevos circuitos y cuadros, aun con reducción de potencia."
El cambio de la CGT entraría dentro de estas reparaciones de importancia?
Re: Contadores en el tejado con acometida por el aire
Publicado: 06 Jun 2012, 11:15
por fontelitri
si la CGT nueva va a llevar los mismos fusibles que la antigua o inferiores al 150% de la anterior intensidad, la potencia no se ha modificado y por tanto se puede quedar todo como está; la modificación de importancia supone reparaciones o modificaciones que afecten a más del 50% de la potencia contratada, para tu edificio pueden ser 50, 100 ó 150 kW, no sé, pero si solicitais un aumento a potencia mayor de 75, 150 ó 225 KW análogamente, tendríais que concentrar los contadores según la normativa actual; si la CGP se ha cambiado por avería pero no habeis aumentado la potencia, sólo el mal estado de la concentración de contadores u otros elementos pueden requerir su cambio de lugar, a parte de que puedan interferir en el funcionamiento de otras instalaciones en cuyo caso habrá que responsabilizar al que las puso;