Hola compañeros,
Alguien sabría decirme si es obligatorio dejar un mínimo de alumbrado permanente en un parking de subterráneo de viviendas?
El CTE DB-SUA dice:
1 Alumbrado normal en zonas de circulación
1 En cada zona se dispondrá una instalación de alumbrado capaz de proporcionar, una iluminancia mínima de 20 lux en zonas exteriores y de 100 lux en zonas interiores, excepto aparcamientos interiores en donde será de 50 lux, medida a nivel del suelo.
El factor de uniformidad media será del 40% como mínimo.
Pero no veo en ningún lado que tenga que ser permanente, entiendo que esta norma es para cuando alguien enciende las luces para la circulación por el parking.
Gracias






