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antonio32
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legalidad

26 Sep 2014, 21:49

Mi problemas es tengo una vivienda aislada con placas solares y en invierno un generador de apollo . Mis padres viven a 70 m y ellos si tienen luz de iberdrola en su dia pensado que la copania me iba a dar enganche puse dos poste y el cable desde mi casa a la de mis padres mi pregunta es que me puede hacer la compañía si en invierno me engancho a mis padres no estaria robandola que la pagan mis padres


 
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Hefner
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Re: legalidad

26 Sep 2014, 22:39

Mi problemas es tengo una vivienda aislada con placas solares y en invierno un generador de apollo . Mis padres viven a 70 m y ellos si tienen luz de iberdrola en su dia pensado que la copania me iba a dar enganche puse dos poste y el cable desde mi casa a la de mis padres mi pregunta es que me puede hacer la compañía si en invierno me engancho a mis padres no estaria robandola que la pagan mis padres


Legalmente no lo podrías hacer, ya que tú no puedes vender corriente a terceros. (Esto me parece que viene en Reglamento de
Verificaciones Eléctricas pero no lo aseguro porque hace tiempo que no miro para él) (Sería el equivalente a que te engancharas
al contador del vecino para eludir pagar el termino de potencia) Por otro lado habría que saber por dónde discurre la línea de los
postes, y si el terreno es particular o público (por la responsabilidad de posibles accidentes que pueda provocar el tendido). Y "hasta
aquí puedo leer", porque ya habrás deducido qué haría yo en tú situación, en caso de que el terreno fuera mío...

Un saludo


 
antonio32
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Re: legalidad

26 Sep 2014, 23:29

Bueno un poste le puse yo en la orilla de la carretera otro esta ya dentro de mi finca y apollo en un tercero de iberdrola yo solo la cogeria la luz por la noche una o dos oras pero cuanto me podria caer a las malas


 
Davmax
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Re: legalidad

27 Sep 2014, 15:23

Buenas tardes:
Por donde empezar……
Punto 1- La compañía Distribuidora podría cortarles el suministro eléctrico a TUS PADRES, ya que a todos los efectos se trata de una derivación para suministrar energía a una instalación no prevista en el contrato.
R.D. 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.
Artículo 87. Otras causas de la suspensión del suministro.
La empresa distribuidora podrá interrumpir el suministro de forma inmediata en los siguientes casos:
a) Cuando se haya realizado un enganche directo sin previo contrato.
b) Cuando se establezcan derivaciones para suministrar energía a una instalación no prevista en el contrato.
c) Cuando se manipule el equipo de medida o control o se evite su correcto funcionamiento.
d) En el caso de instalaciones peligrosas.
En todos los casos anteriores la interrupción del suministro se llevará a cabo por la empresa distribuidora y se comunicará a la Administración competente, haciéndolo por escrito o por cualquier otro medio aceptado entre las partes.
De no existir criterio objetivo para girar la facturación en estos supuestos, la empresa distribuidora la girará facturando un importe correspondiente al producto de la potencia contratada, o que se hubiese debido contratar, por seis horas de utilización diarias durante un año, sin perjuicio de las acciones penales o civiles que se puedan interponer.

Punto 2- Tienes actualmente una línea aérea de más o menos 70 metros sobre apoyos que estoy completamente seguro no tiene ningún boletín o certificado de instalación eléctrica de ningún tipo, y menos que esté recogida en algún proyecto, y me imagino que no cumplirá ni por asomo el reglamento ….
Uno de los apoyos está en tu propiedad (la de tus padres) (ningún problema), otro en la vía pública (tendrías que haber tramitado los permisos del titular de esa vía publica, ayuntamiento, diputación, carreteras del estado…etc) y cumplir unas distancias mínimas que generalmente serían 1,5 veces la altura del poste)…..y el tercero (que esto ya es de traca)… que es propiedad de la propia distribuidora (estoy seguro que no tienes tampoco permiso de la señora IBERDROLA)

Punto 3- Actualmente tu instalación de autoconsumo tendría que estár registrada y sujeta a obligaciones, recogidas en el Artículo 9 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, sin contar que tendría que estar legalizada, con su boletín, sus sistemas de seguridad anti-isla, y demás protecciones tanto para las personas como para los bienes…
Artículo 9. Autoconsumo de energía eléctrica.
1. A los efectos de esta ley, se entenderá por autoconsumo el consumo de energía eléctrica proveniente de instalaciones de generación conectadas en el interior de una red de un consumidor o a través de una línea directa de energía eléctrica asociadas a un consumidor.
Se distinguen las siguientes modalidades de autoconsumo:
a) Modalidades de suministro con autoconsumo. Cuando se trate de un consumidor que dispusiera de una instalación de generación, destinada al consumo propio, conectada en el interior de la red de su punto de suministro y que no estuviera dada de alta en el correspondiente registro como instalación de producción. En este caso existirá un único sujeto de los previstos en el artículo 6, que será el sujeto consumidor.
b) Modalidades de producción con autoconsumo. Cuando se trate de un consumidor asociado a una instalación de producción debidamente inscrita en el registro administrativo de instalaciones de producción de energía eléctrica conectada en el interior de su red. En este caso existirán dos sujetos de los previstos en el artículo 6, el sujeto consumidor y el productor.
c) Modalidades de producción con autoconsumo de un consumidor conectado a través de una línea directa con una instalación de producción. Cuando se trate de un consumidor asociado a una instalación de producción debidamente inscrita en el registro administrativo de instalaciones de producción de energía eléctrica a la que estuviera conectado a través de una línea directa. En este caso existirán dos sujetos de los previstos en el artículo 6, el sujeto consumidor y el productor.
d) Cualquier otra modalidad de consumo de energía eléctrica proveniente de una instalación de generación de energía eléctrica asociada a un consumidor.
2. En el caso en que la instalación de producción de energía eléctrica o de consumo esté conectada total o parcialmente al sistema eléctrico, los titulares de ambas estarán sujetos a las obligaciones y derechos previstos en la presente ley y en su normativa de desarrollo.
3. Todos los consumidores sujetos a cualquier modalidad de autoconsumo tendrán la obligación de contribuir a los costes y servicios del sistema por la energía autoconsumida, cuando la instalación de generación o de consumo esté conectada total o parcialmente al sistema eléctrico.
Para ello estarán obligados a pagar los mismos peajes de acceso a las redes, cargos asociados a los costes del sistema y costes para la provisión de los servicios de respaldo del sistema que correspondan a un consumidor no sujeto a ninguna de las modalidades de autoconsumo descritas en el apartado anterior.
El Gobierno podrá establecer reglamentariamente reducciones en dichos peajes, cargos y costes en los sistemas no peninsulares, cuando las modalidades de autoconsumo supongan una reducción de los costes de dichos sistemas.
4. Los consumidores acogidos a las modalidades de autoconsumo de energía eléctrica tendrán la obligación de inscribirse en el registro administrativo de autoconsumo de energía eléctrica, creado a tal efecto en el Ministerio de Industria, Energía y Turismo.
Reglamentariamente, previa audiencia de las Comunidades Autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla, se establecerá por el Gobierno la organización, así como el procedimiento de inscripción y comunicación de datos al registro administrativo de autoconsumo de energía eléctrica.
5. El Gobierno establecerá las condiciones administrativas y técnicas para la conexión a la red de las instalaciones con autoconsumo.
Asimismo el Gobierno establecerá las condiciones económicas para que las instalaciones de la modalidad b) de producción con autoconsumo vendan al sistema la energía no autoconsumida.


En mi opinión, puedes hacer las cosas MAL, y en el caso de que ocurra cualquier desgracia, poner a los titulares de la instalación (TUS PADRES) en un problema serio, ya que ellos son los responsables… (opción barata si no tienes nunca ningún percance, ni metas perturbaciones en las líneas de distribución o te cargues la instalación de tus padres….pero lo barato sale caro)
O puedes hacerlo bien, (opción cara…) si estás conectado a la red, tendrás que hacer las cosas como dios manda… o como el sistema manda……con sus boletines, sus permisos, todo a tu nombre, con tus padres disfrutando de la jubilación sin problemas, con la línea de baja tensión cedida a la distribuidora para que la mantengan ellos, con tu contadorcito digital inteligentísimo, con tu instalación legalizada….para que el seguro de hogar cuando una descarga tipo rayo se cargue todo dentro, te cubra los daños… para que cuando les arda la casa a tus padres por un mal contacto en el enchufe de la campana extractora llena de grasa después de la fiesta familiar ….el seguro lo cubra…. Para que cuando tu vecino a las 8 de la mañana de un sábado vuelva a casa todo borracho y choque con tu poste junto a la carretera y lo tire al suelo y tengamos una suelta de neutro, te venga la subcontrata de Iberdrola y te lo reponga, y el perito de la aseguradora cubra los desperfectos de tu vivienda….etc…
O puedes hacer las cosas muy bien, con tu instalación totalmente aislada. (la mejor opción)….. sin tramitar nada, sin gastos, sin pagarle al gobierno nada, sin darla de alta en ningún sitio… sin poner a tus padres por el medio, sin peligro para terceros…..como Robinsón Crusoe… (Serías mi héroe), tú te lo guisas, y tú te lo comes…

Tu verás si te compensa….a mí como instalador me compensa que lo hagas BIEN O MUY BIEN... pero ya sabemos que éste es un país de TRACA…


 
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D4V1D

Re: legalidad

27 Sep 2014, 19:10

Hola, hay que tener en cuenta dos cosas, una que no sería del todo legal, pero tampoco ilegal hasta un punto serio.
No estas robando la luz, ya que existe un acuerdo entre el origen y el usuario.
Yo he visto lo que tu quieres hacer hecho con manguera enterrada en la calle para dar corriente desde una casa a un garaje del mismo dueño a 300 mts en la acera de enfrente, eso si, es un pueblo de 1000 habitantes, no una ciudad. El dueño ya sabe que tiene algo no muy legal, pero la luz no la roba y hace más de 30 años que lo tiene.
Mi consejo es que si lo quieres hacer, lo hagas enterrado, o por lo menos en postes propios y exclusivos para esa línea sobre terreno privado, y con las protecciones necesarias.
A mi me preocuparía más hacer saltar el ICP de los padres antes de que venga un inspector, a ellos les preocupa más fraudes de contador o enganches pirata antes que un cable entre dos casas, si la luz se paga.

Saludos


 
Davmax
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Re: legalidad

27 Sep 2014, 21:37

D4V1D escribió:
Hola, hay que tener en cuenta dos cosas, una que no sería del todo legal, pero tampoco ilegal hasta un punto serio.
No estas robando la luz, ya que existe un acuerdo entre el origen y el usuario.
Yo he visto lo que tu quieres hacer hecho con manguera enterrada en la calle para dar corriente desde una casa a un garaje del mismo dueño a 300 mts en la acera de enfrente, eso si, es un pueblo de 1000 habitantes, no una ciudad. El dueño ya sabe que tiene algo no muy legal, pero la luz no la roba y hace más de 30 años que lo tiene.
Mi consejo es que si lo quieres hacer, lo hagas enterrado, o por lo menos en postes propios y exclusivos para esa línea sobre terreno privado, y con las protecciones necesarias.
A mi me preocuparía más hacer saltar el ICP de los padres antes de que venga un inspector, a ellos les preocupa más fraudes de contador o enganches pirata antes que un cable entre dos casas, si la luz se paga.

Saludos


“Ilegal hasta un punto serio”….. un interesante concepto….si señor …
El caso que planteas de la derivación enterrada …¿es ilegal hasta un punto serio?, ¿o es legal hasta un punto de coña?....
Me imagino que el día menos pensado, alguien abrirá una zanja en ese pueblo de mil habitantes con la mala suerte de picar donde supuestamente no había cables de corriente y la pringue por la legalidad de coña que planteas….. explícale tu a ése obrero y a su familia ese concepto tan “profesional” de “Ilegal hasta un punto serio”
Lo dicho…. Un país de traca, de listos …. Así nos va…
Desde todos los puntos de vista para un instalador autorizado (no para los piratas y los chapuzas ilegalmente establecidos hasta un punto serio, que no pagan sus impuestos ni seguridades sociales ni seguros de rc) es bueno aconsejar a los clientes que legalicen sus instalaciones ya que así hacemos proyectos, certificados de instalación eléctrica y generamos trabajo y PUESTOS DE TRABAJO….importante para los que buscan curro....
Aconsejar mal a tu cliente para ahorrarle cuatro duros es asegurarte que no recurrirá a ti nuevamente cuando tenga que hacer bien las cosas…..
Para hacerlo mal vale cualquiera


 
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D4V1D

Re: legalidad

28 Sep 2014, 14:36

La línea que comente no la he instalado yo, seguramente ya lo estaba cuando nací. Yo no lo hubiera hecho así, ni sé si lo hubiera hecho por que hay una vía pública de por medio, pero lleva 40 años así, hasta que topé con esa línea. Crees que no les aconseje ponerse un contador propio en el garaje? Ahora diles tu a dos emprendedores de 25-30 años que además de intentar montar un negocio con lo que cuesta, que tienen que pagar una instalación de enlace nueva, derechos de enganche, etc (tienen un IGA de 10A y no les salta). Y así va el país y nadie lo ha elegido... Yo comprobé la instalación y la línea cuelga de un ID de 30mA.
Espero que lo de "piratas y chapuceros" no vaya por mi, pues aunque es difícil dominar todos los campos de la electricidad, creo que algunos los domino muy bien, por lo tanto puedo ejercer mi profesion sin riesgo para las personas u objetos. Y también suelo aconsejarles a mis clientes lo mejor para ellos, les aconsejo instalar protecciones que fallan o no estan, les digo si algo está mal y además intento que entiendan el porqué se hace así, para que no elija a otro más barato pero le haga todo con cable de 1,5mm2, por ejemplo (por la red corre una consulta de alguien a quien se lo hicieron así). Todavía no se me ha quemado nada a mi... En cambio he visto a instaladores autorizados hacer autenticas chapuzas o creer que un ID de 300 mA es más sensible que uno de 30 mA, como mi jefe de aprediz que además pude ver como solucionó un salto de termico de circuito de enchufes por sobrecarga poniendo otro de más amperaje, o el que le puso un ID de 300 mA a la casa de mi hermana, y todos instaladores autorizados! Y es que lo que cuenta (y lo que da seguridad) al fin y al cabo es la capacitación, los conocimientos y la experiencia, el estar legal es como en cualquier negocio con riesgos, para que haya más garantías y puedas responder en caso de que ocurra algo y también para pagar impuestos.
Yo en cambio lo que he visto es a muchos litris con los humos subidos que se creen que saben mucho y no salen del sector vivienda, ah y eso de generar puestos de trabajo será coña, no? Por que yo me he tirado tieeeeeempo buscando de electricidad y nada, por eso trabajo por mi cuenta. Lo que pasa es que vosotros antes que coger gente os tirais 14h currando al día, claro, así normal que no haya trabajo, y así va el país, pero me vas a contratar tu?
Yo creo que si la línea se monta dentro de terreno privado sin atravesar vía pública y la monta alguien cualificado, lo hará bien y no de manera chapucera, no sera del todo legal, pero al menos sera un montaje seguro.
A mi me han encargado algo parecido pero creo que menos ilegal. Se trata de una casa partida en 3, la vivienda del dueño + la de un hijo cuelgan de un contador y el otro hijo tiene su propio contador. La vivienda del padre y la del primer hijo parece que se separó más tarde que la otra, la instalación no es independiente de la del padre, sólo se separa con un térmico en una caja de empalme. De ese térmico sale el circuito de la casa (instalacion antigua de alumbrado + enchufes) y dos mangueras para los electrodomesticos. Yo lo he planteado como un subcuadro, colocare una manguera de 3x10mm2 desde el cuadro general hasta el que le ponga, que tendrá IGA, ID y 3 termicos. No creo que sea tan ilegal como los otros dos casos, pues en este caso se alimenta dentro del mismo edificio.
Saludos


 
Davmax
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Re: legalidad

30 Sep 2014, 21:23

D4V1D escribió:
A mi me han encargado algo parecido pero creo que menos ilegal. Se trata de una casa partida en 3, la vivienda del dueño + la de un hijo cuelgan de un contador y el otro hijo tiene su propio contador. La vivienda del padre y la del primer hijo parece que se separó más tarde que la otra, la instalación no es independiente de la del padre, sólo se separa con un térmico en una caja de empalme. De ese térmico sale el circuito de la casa (instalacion antigua de alumbrado + enchufes) y dos mangueras para los electrodomesticos. Yo lo he planteado como un subcuadro, colocare una manguera de 3x10mm2 desde el cuadro general hasta el que le ponga, que tendrá IGA, ID y 3 termicos. No creo que sea tan ilegal como los otros dos casos, pues en este caso se alimenta dentro del mismo edificio.
Saludos


Comentando el caso que expones, de las 3 viviendas….

¿No sería mejor para ti como instalador y para tu cliente hacer la reforma como es debido?
En tu caso:
Harías una solicitud de suministro a la distribuidora por una vivienda de electrificación básica e instalarías un módulo de contador nuevo, con sus instalaciones de enlace, su cuadro de mando y protección nuevos con sus protecciones y térmicos reglamentarios para una vivienda de electrificación básica, tramitarías el boletín, y dejarías la instalación perfecta. Económicamente saldrías ganando
Tu cliente:
Tendría una instalación certificada por un profesional, (tienes razón igual de segura que cualquier otra… pero legal),
El hijo tendría la instalación totalmente independiente a la del padre, y tendría el día de mañana la opción de vender, alquilar, o dar de baja el suministro.
En caso de impagos, sólo le cortarían la luz a una vivienda y no a dos…
Si la comercializadora les pide el certificado por cualquier cambio, aumento de potencia, lo tendrían sin problema…
Tasas de industria electrificación básica +- 30€ (mas lo que le tengas que cobrar por el boletín)
Contratación derechos de extensión y acceso con boletín 5750 W y contratando 3450-W, 214,07€ IVA incluido….

No sé David…. Igual me equivoco, pero creo que tenemos que poner en valor que nuestro sector es un sector regulado, con unos actores que dependemos unos de los otros, y unos reglamentos que tenemos que cumplir a todos los niveles, para que el cliente final valore lo que hacemos…
Entiendo que todo el mundo tiene que comer y ganarse la vida… pero hay reglas y todos jugamos con las mismas,…. Alentar y facilitar el intrusismo es malo para todos
Si nosotros mismos no valoramos lo que hacemos, los clientes tampoco lo harán.


 
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Borch206
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legalidad

01 Oct 2014, 00:19

Davmax for President!!

Por desgracia, muchos colegas te piden como favor que les hagas esto, que les amplíes lo otro... que les puentees no se que...

Cuando no hay, funcionamos solo por miedo a una sanción o a un corte de suministro, si no se entera nadie no hay problema.
Ahí es donde entramos nosotros, hay que explicar las consecuencias de los posibles problemas.

Cuando hay, todo legal, bajo normativa y encima le pongo tal y cual para mejorar la instalación.

Ahora no hay...

Es mas un tema de coherencia e integridad,

(si flaqueáis no tenéis más que mirar a nuestros dirigentes, gente con clase que seguro que nos servirán como guía y ejemplo en nuestros quehaceres diarios).



Borja


 
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D4V1D

Re: legalidad

03 Oct 2014, 14:09

Debemos tener en cuenta que además de ser electricistas y seguir unas normas, tratamos con clientes, que son los que al fin y al cabo deciden, aunque también debemos aconsejarles bien. Lo más importante para mi es que una instalación sea segura y que cumpla el RBT.
En mi caso particular es una vivienda que quizá hasta se la han separado ellos mismos, y si no está segregada con papeles dudo que pueda contratar. De todas maneras ellos lo han querido así, es su casa y yo sólo me puedo limitar a aconsejarles. Además la instalación que hay habría que reformarla con 5 circuitos para adaptarla a la norma.
La pareja es bastante reciente, ahora mismo no tiene trabajo, y de tener la luz del padre a pagarla cada mes hay una diferencia, es algo que hoy por hoy no pueden asumir. Y el padre no pone ningún inconveniente.
Aunque no sea una vivienda con contador propio, el montaje no lo veo tan descabellabo, hay muchas viviendas grandes que tienen un pequeño rincón para invitados u otros, que puede tener baño o cocina. Todo esto necesita sus circuitos...
Se ha colocado una manguera de 3x10mm2,que en ningún caso sale al exterior del edificio, se ha colocado un cuadro de protecciones, se ha llevado tierra ya que no había (las líneas nuevas ya la tenían prevista), y he preferido hacerlo yo y así por que aunque yo aconseje lo correcto (con contador y DI) no era lo que querían ya que siendo la misma familia no lo han considerado necesario, entonces prefiero ofrecer la alternativa de una instalación segura, bien hecha y que permita ampliaciones (línea principal de 3x10mm2 libre patógenos), si yo no hubiera ofrecido esta alternativa, seguramente el padre o algún otro habría hecho una chapuza como la que había, la línea principal con una manguera de 2x2,5.
Si hubiera sido una vivienda para terceras personas o para alquilar, entonces si que la solución correcta sería una DI, adaptar instalación, etc.
No es la primera vez que les hago algo, y en su momento ya les aconseje que ahí necesitaban un cuadro de distribución, y al final lo han hecho. Hay que crear confianza con el cliente, hay que informarle bien y decirle las posibilidades que hay, siempre que sean seguras y legales (montar un subcuadro tampoco es ilegal), si le presentas por las buenas un proyecto caro algunos desconfiaran, y hay que explicar el por que es necesario reformar una instalación entera, por ejemplo. También toca explicar a veces por que no se puede puentear esto o aquello, pero es mejor entretenerle explicando el por qué que simplemente negarse, por que quiza lo acabe puenteando otro.
Saludos