Buenos dias!
A lo que voy: Estoy llevando la gestión de facturación de alumbrado público de algunas poblaciones de mi territorio. Al ser alumbrado público, tenemos la necesidad de que todos nuestros contadores lleven MAXIMETRO en vez de ICP porque asi no sufrimos cortes de luz por exceso de potencia. Tambien aplicamos Discriminación Horaria "DH" en los contratos ya que de esta forma nos sale mas rentable al ser alumbrado "nocturno".
Bien, pues me he encontrado con una Factura de un contador que lleva Maximetro i tarifa 2.1DHA en el qual tenemos una Potencia instalada de 7,76Kw. De ahi, tenemos contratado como he dicho anteriormente una tarifa de 2.1DHA y potencia contratada es de 10,39Kw.
De momento todo parece correcto hasta que veo en la factura que mi empresa subministradora me cobra 31,025Kw en el termino de potencia Contrada. He llamado y me han dicho que me cobran esta cantidad porque tengo maximetro instalado y Discriminación Horaria y que como tengo 10KW de Potencia contrada me cobran el triple porque me cobran 10Kw por cada Periodo (punta, valle, llano). No lo entiendo, para empezar si fuera asi como dicen me tendria que cobrar 2 periodos ya que 2.1DH solo cuenta con Punta i valle y si en verdad fuese por el maximetro ( que me indica 17,3Kw) solo me tendrian que amonestar con un extra de 6,7Kw por "sancion" aproximadamente.
Mi pregunta es: La respuesta que me han echo es correcta? Pagas el termino de potencia por periodo? o sea k si contrato 10KW con DH en verdar estoy pagando 30KW?? Es la primera vez que me encuentro esto y la verdad es que no sabia que responderles por esto escribo en este foro donde veo que hay gente entendida.
Muchas gracias y disculpen por las molestias!