06 Sep 2020, 20:06
Ahora ya creo que tenemos todos los datos. Te cuento como está la cosa.
En principio, y eso lo ha comentado ya algún compañero, el REBT no se aplica con efecto retroactivo.
Por lo que si necesitabas un Certificado de Instalación BT (boletín), el instalador no debería haber cambiado absolutamente nada, solamente haber indicado lo que tenías y que tu instalación estaba hecha según el REBT del 73. Entonces los cables no eran libres de halógenos, no se necesitaba general, los PIAS eran de un polo, etc.
Lo que ocurre es que en algunas Calamidades, como por ejemplo Madrid, has de pasar por una OCA y su criterio es que hay que adaptar las instalaciones, es mentira pero es un criterio, lo que ocurriría en ese caso es que habría que adaptarlo todo.
Así que por lo que te han hecho, la clavada ha sido importante.
Un saludo.
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