El calentador de agua eléctrico lo tengo instalado en una pequeña terraza al lado de la cocina, (con su respectiva toma de corriente), utilizo agua caliente tres o cuatro veces por semana. ¿Cuándo consume menos electricidad, tenerlo siempre conectado o bien encenderlo/apagarlo solo cuando lo utilice?
Otra duda es si puedo instalar un interruptor en la cocina o en el cuarto de baño para encender/apagar la toma de corriente (enchufe) a la que he enchufado el calentador que como digo está instalado en la terraza al lado de la cocina.
En el Reglamento no he encontrado nada que diga que no se pueda hacer lo de instalar un interruptor en otro lugar de la vivienda para encender/apagar una toma de corriente instalada en otra lugar o instancia de la casa. La instalación eléctrica de la vivenda es del Reglamento de 1973.