Caso real:
En casa había instalado un contador en cuyo interior se veía una nota de color gris que decía:
Adaptado para 127 Voltios y 15 Amperios.
Al lado estaba el ICP de 15 Amperios.
El contrato era por 1200 Vatios; desde hace más de 20 años.
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Llegó un técnico de Unelco. Indicó que "La istalación era anómala". Hizo firmar dos papeles, uno de los cuales decía: Cambiar ICP a 7,5 Amperios. Plazo: 30 días. Busque un electricista que le instale el nuevo ICP.
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Buscamos un electricista. Este comentó que lo más correcto sería un ICP de 10 Amperios y no de 7,5 Amperios. Porque:
127 Voltios x 7,5 Amperios = 952,5 Vatios.
127 Voltios x 10 Amperios = 1270 Vatios.
En el primer caso: De nuestro contrato de 1200 Vatios "Solo nos dejan utilizar 952,5 Vatios". Con la repercusión que tiene eso (=Prohibido seguir utilizando la lavadora, por ejemplo).
La cantidad de Vatios que más se acerca a la contratada es la segunda.
En el BOC "parece entenderse" que hay que poner un ICP que se aproxime "al escalón superior".
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A los 30 días, llama el técnico de Unelco y pregunta si ya está instalado el ICP de 7,5 Amperios.
Al comentarle que se había instalado uno de 10 Amperios...Contestó:
Le llamarán de Unelco y le indicarán qué es lo que tiene usted que hacer.
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Pregunta: ¿Se le debe reclamar a Unelco que el ICP que corresponde es de 10 Amperios?.
La interpretación del BOC parece ambigua. Porque "el escalón superior" podría ser el que está fisicamente escrito "por encima " del ICP de 10 Amperios...o sea... el de 7,5 Amperios.
Por favor, si alguien tiene experiencia en esto...que me lo indique. (Las tablas actuales solo tienen valores para 230 Voltios o más pero creo que en este mismo foro están las tablas universales oficiales en las que figuran también los de 127 Voltios).
Dándoles las gracias por anticipado; quedo pendiente de sus respuestas.