Hola a todos. Tengo que hacer una reforma/ampliación en un cuadro eléctrico parcial basada en el reglamento de 1973 y me entra la siguiente duda:
¿Puedo basarme en la tabla de intensidad máxima admisible del reglamento de 2002 a la hora del cableado de puentes y líneas?
Si lo hago, ¿alguien puede decirme que dicha reforma está mal?
Esto es algo que nunca he sabido a ciencia cierta, pero me parece ilógico que alguien me pueda poner pegas al respecto.
Muchas gracias por vuestro tiempo.