hola sacra
, hola electri
, hola a tod@s
;
por tener una fecha límite, la
caducidad es un concepto más adecuado para los yogures y otros alimentos perecederos
, en el caso de tu boletín encuentro más acertado tratar de vigencia, como tú haces, al ser una situación documental relacionada con una normativa, y la vigencia del documento es ilimitada salvo por diversas circunstancias:
-Si no tenías boletín o certificado de instalación durante el alta anterior la companía distribuidora no te dará el alta hasta que le proporciones uno; por ser nueva el alta se aplica el art. 2.2 del R.E.B.T. vigente, y por una disposición acordada por el Ministerio de Industria con todas las distribuidoras que operan en España y por tanto en todas las C.C.A.A., y aplicada desde finales de 2011, tu contador se irá a la fachada, o lugar equivalente, tratándose eso sí de vivienda sin centralización de contadores, llámese al 902201520 de Iberdrola o similares y/o véase el link
viewtopic.php?t=2074-si has vendido la casa el titular de la instalación ya no puede ser el mismo, pero es posible que la distribuidora para darte el alta te admita un boletín o certificado del titular anterior. A mí Iberdrola me ha tratado bien en esto.
-si el edificio ha dejado estar destinado a vivienda a partir de la baja del servicio y ahora es otro tipo de local o viceversa, la instalación anterior ya no está vigente aunque por no tener patas esté ocupando la misma parcela urbana; requerirá nuevo certificado y contador en fachada...( en lo sucesivo "tracatrá" )
-si en vivienda aumentas la
potencia a Electrificación Elevada y la tenías en Básica, pues tracatrá...; si cambias de
tensión monofásica de 230 V. a compuesta de 400 V. variarás la
sección y algunas otras cosas, y posiblemente tracatrá...
-en definitiva la validez de un boletín o certificado puede ser indefinida pero depende de distintos factores y los requisitos para un alta nueva de servicio te los impondrá la compañía distribuidora que son los que se conocen la normativa aplicable a sus intereses.
Lo que no te deben hacer es cobrarte el boletín o certificado, sino los trabajos que comporte validar las nuevas características de la instalación.
Espero haber ayudado y saludos cordiales.
NaCLU2.