Hola:
Acabo de encontrarme este foro que parece muy interesante y quería hacer una consultilla normativa. Antes de nada, ya digo que he buscado y no he encontrado respuesta. También he ojeado por el REBT y no la he encontrado; igual si me tiro un día leyéndolo, lo encuentro, pero bueno, quizás para alguno la respuesta sea inmediata. Aunque tengo conocimientos de electricidad, no tengo la práctica de un electricista.
Tenemos trasteros en el garaje y he comprobado en los cuadros que los diferenciales generales son de 300mA y las PIAs de las líneas de los trasteros C20 (solo hay diferenciales de 30mA en las líneas para los schukos repartidos por el garaje para las máquinas de limpieza).
Yo tengo claro que voy a poner en mi trastero un diferencial de 30mA y una PIA de 10A curva B (más rápido que el C "comunitario" que queda aguas arriba). Pero la pregunta es si, desde el punto de vista normativo, la comunidad debería colocar diferenciales de 30mA en las líneas de trasteros.
Los trasteros, en principio, tienen un punto de luz pero, lógicamente, todos tenemos un enchufe para hacer alguna chapu. En cualquier caso, creo un simple punto de luz puede tener su peligro. Otro detalle: a los trasteros no llega línea de tierra.
Muchas gracias y un saludo,